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por Anuar Quesille. Abogado especialista en Infancia y Derechos Humanos. Consultor UNICEF.
Es imposible estar ajeno a los temas migratorios que ha experimentado Chile en los últimos años; y menos aún con lo que actualmente se vive en la frontera norte de nuestro país, donde uno de los grupos que concita mayor preocupación son los niños, niñas y adolescentes. Esto lleva a centrarnos en las acciones que el Estado está implementando y en las políticas públicas anunciadas, para poder analizar de qué manera estas medidas contribuyen a generar un escenario donde la garantía de los derechos de la niñez en movimiento sea el punto de partida. Al respecto, nadie desconoce la legítima y , por cierto, la necesaria obligación estatal de regular la migración, establecer requisitos de ingreso y permanencia y garantizar las bases de una migración segura y ordenada. Estas funciones no deben cuestionarse cuando están provistas de un enfoque basado en los derechos fundamentales y en el cumplimiento de los estándares internacionales a los que Chile voluntariamente ha adherido.
Y en lo que respecta a la niñez hay dos puntos específicos que deben orientar toda medida que el Estado decida emprender en la materia. El primero dice relación con el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño y, particularmente, la observancia de los elementos de base que dicho tratado consagra, a fin de guiar a los Estados en la protección de la infancia. Así, políticas públicas basadas en el interés superior, en el principio de no discriminación y en todas aquellas disposiciones relativas al derecho de niños y niñas migrantes a la vida familiar, permitirán cumplir adecuadamente los desafíos de integración e inclusión social a los que reiteradamente aluden las autoridades. El segundo aspecto a tener presente es el hecho que Chile durante años ha venido trabajando en una serie de reformas normativas que tienen por finalidad contar con un sistema de protección integral para la infancia; el lograr esta tarea, donde el Estado ha expresado que espera concretar un reconocimiento de los derechos de todos los niños, sin importar la condición en que se encuentren, significará cumplir con uno de los mayores desafíos en materia de derechos humanos a los que se ha visto enfrentado el Estado.
Por los motivos señalados, aquellas medidas que no consideren la especial condición de vulnerabilidad en que se encuentran los niños y niñas migrantes, la generación de trabas para concretar la reunificación familiar, o el establecimiento de procesos de ingreso, regularización y sanción que podrían resultar discriminatorios, importarían una contradicción con los objetivos declarados por parte del Estado respecto de la niñez migrante. Por ello, las medidas que el país adopte en este campo no pueden ser ajenas a los grandes cambios en los que se viene trabajando. Después de todo, los niños y niñas migrantes serán un foco prioritario del sistema de protección integral.
Finalmente es importante mencionar que el proyecto de ley de migración y extranjería pasa por su segundo trámite constitucional en el Congreso Nacional, donde es de esperar que sea mejorado y fortalecido, sobretodo en aspectos relacionados con la consagración de derechos para los niños y niñas y el establecimiento de políticas de integración para los migrantes en general. La futura ley de migraciones (vista no solo como un conjunto de reglas procedimentales que regulan la entrada y salida del país por parte de extranjeros) y la vigencia de una política nacional en la materia deberán concretar las aspiraciones y desafíos que, desde el punto de vista de los derechos humanos, son esenciales en un Estado de Derecho.