Por Loreto Burgos B. Coordinadora de la línea de Justicia Juvenil- Fundación Tierra de Esperanza.

Recientemente el Congreso Nacional aprobó el proyecto de ley, largamente discutido que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e incorpora modificaciones a la ley 20.084, de Responsabilidad Penal Adolescente,  que actualmente se encuentra en espera de ser promulgado para su implementación gradual, partiendo por la zona norte.

Este nuevo Servicio Público, que es parte de una reforma más amplia en la política social de infancia y adolescencia, tiene importantes desafíos, ya que representa a la institucionalidad que tendrá la responsabilidad no sólo de administrar y ejecutar las medidas y sanciones de la Ley 20.084, sino también de implementar las políticas de carácter intersectorial en la materia, coherente a la finalidad que debe perseguir: “lograr la integración social del sujeto de atención”. Uno de sus aportes es el reconocimiento de la necesidad de un trabajo colaborativo y coordinado entre cada uno de los sectores que integran el Estado y los respectivos niveles de estructura y organización.

El “principio de coordinación pública” del proyecto mandata al Servicio a articular la unidad de la acción estatal para garantizar que sus sujetos de atención accedan a derechos que se materializan con prestaciones concretas como salud, educación o capacitación laboral. Para ello, dispone la existencia de una Comisión Coordinadora Nacional de Reinserción Social Juvenil, presidida por el Subsecretario de Justica e integrada por los jefes superiores de las Subsecretarías y Servicios relacionados, actuando como Secretario/a Ejecutivo/a él/la Directora/a Nacional del Servicio. Esta Comisión debe revisar cada dos meses el sistema de ejecución de la Justicia Juvenil, además, proponer al Consejo Nacional de Reinserción Social Juvenil un plan de acción intersectorial a 5 años para el logro de los objetivos estratégicos de la Política Nacional en la materia.

El Plan debe implementarse en el territorio, y define, homólogamente, formar un Comité Operativo Regional, presidido por el/la Secretario/a Regional Ministerial de Justicia, integrado por los/las jefes/as de Servicio y un/a Alcalde/sa en representación de las Municipalidades, y actúa como Secretario/a Ejecutivo/a él/la Directora/a Regional del Nuevo Servicio.

Es interesante observar la responsabilidad del Estado en la Reinserción Social Juvenil al disponer la articulación y gestión de la red del sistema intersectorial como condición, lo que anticipa la necesidad de superar voluntades personales a nivel nacional y local. El proyecto ordena que en cada región el Servicio designe un funcionario dentro de su personal para entregar las prestaciones. Involucra a las Municipalidades como miembros del Comité Operativo e indica que deben firmar convenios de colaboración con la respectiva Dirección Regional del Servicio para hacer efectiva las prestaciones y atenciones que administran en sus comunas. De este modo, marca una diferencia sustancial con la actual implementación de la Ley 20.084.